Libertad para la detenida por irregularidad en el procedimiento policial.
La autorización judicial para entrada y registro, solicitada con motivo de la detención de un sujeto con orden previa, se enmarca dentro de la primera hipótesis del art. 205 CPP – cuando sé presumiere que el imputado se encontrare en un determinado edificio o lugar cerrado – limitando el registro del inmueble solo a los espacios y lugares para encontrar al requerido. El registro de muebles interiores y equipajes – una mochila – constituye una actividad policial ilegítima.